La "tragedia de los anticomunes"

Alfredo Bullard explica que además de la tragedia de los comunes, puede existir una "tragedia de los anticomunes", que es aquella donde por causa de una mala definición de derechos de propiedad se frustra el potencial enorme de algo como la minería en el Perú.

Por Alfredo Bullard

En 1968 Garrett Hardin acuñó el término “tragedia de los comunes”, que define por qué la falta de derechos genera la sobreexplotación de los recursos. Lo que es de todos (lo común) no es en realidad de nadie. Por eso destruimos la Amazonía (todos la explotan y nadie invierte en preservarla) o tenemos demasiado tráfico (si la calle es de todos, la usamos sin costo y metemos demasiados automóviles en ella). 

En 1998 Michael Heller acuñó otro término: “tragedia de los anticomunes”. Se refiere al concepto inverso: se han asignado demasiados derechos de propiedad sobre un mismo bien, lo que hace imposible tomar decisiones. Cita, entre otros, el caso de un terremoto en Japón que destruye un edificio, con lo que los antiguos propietarios de departamentos se convierten en copropietarios de lo que queda (un terreno) y no se ponen de acuerdo en si reconstruyen o no. Cada uno tiene un derecho de veto. 

Otro ejemplo es lo que pasa en el centro comercial Camino Real, en San Isidro. En lugar de tener un solo propietario que arrienda (como el Jockey Plaza), tiene propietarios distintos por tiendas que no se pueden poner de acuerdo en remodelar, modernizar o vender. El centro comercial se ha convertido entonces en un elefante blanco que se ve como un edificio de los 70, a pesar de estar ubicado en una de las mejores zonas comerciales de la ciudad. 

Tía María (y en general los conflictos mineros) es muestra de la “tragedia de los anticomunes”. El Estado decidió que los recursos minerales tienen un dueño distinto que el propietario del suelo. Así, mientras una comunidad puede ser dueña de las tierras, no es dueña del mineral que se encuentra en ellas, que es del Estado. Ello es distinto de lo que ocurre, por ejemplo, en EE.UU., donde el dueño de la tierra lo es de todo lo que esté debajo. 

Ello crea dos propietarios donde podría haber uno solo. Si la comunidad fuera dueña del mineral, las empresas negociarían con ellas todos los derechos para explotar una mina. Ello permitiría al dueño de la superficie obtener mejores beneficios y crearía mayor certeza, evitando la subexplotación por efecto la “tragedia de los anticomunes”. 

Por supuesto que el problema es más complejo. Hoy comunidades aledañas (o no tan aledañas) reclaman derechos también sobre los recursos mineros. Hasta la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP) reclama en Lima el derecho a impedir que una mina funcione. Y a ello se suma que la titularidad del Estado se subdivide en decenas de autoridades (nacionales, regionales, municipales) que reclaman todas derecho de veto para la explotación minera, con licencias ambientales, permisos de construcción, concesiones, medidas regulatorias e infinidad de derechos de exclusión distintos evitando la actividad económica que podría beneficiar a todos y que al final no beneficia a nadie. 

Los proyectos mineros corren el riesgo de verse como el centro comercial Camino Real: un potencial enorme abandonado a su suerte por una mala definición de derechos. Todos coinciden en que tomar decisiones sería bueno, pero hay demasiados agentes con derecho de veto, haciendo imposible tomar alguna decisión.

Este artículo fue publicado originalmente en Perú 21 (Perú) el 25 de agosto de 2019.