Paraguay: Se viene el poder de inquisición
Víctor Pavón considera que los cambios propuestos al Impuesto sobre la Renta Personal (IRP) del Paraguay amenazan con incrementar la inseguridad jurídica del país.
Por Víctor Pavón
Las modificaciones propuestas desde el Ministerio de Hacienda de Paraguay en el impuesto a la renta personal (IRP) son una muestra concreta de lo que se denomina como inquisition power, o el poder de inquisición por parte del Estado en materia de tributos. El inquisition power es una manera de hacer prevalecer no solo la figura de la servidumbre tributaria donde lo que interesa es el interés del fisco antes que el de la gente, sino también es una forma de amenaza por las temibles persecuciones administrativas y judiciales que se dan por el incumplimiento en el pago de este tributo.
Así expuesta la modificación por la Subsecretaría de Tributación, esto es pagar en tiempo y forma y tener que pagar con penas por el incumplimiento, les parecerá a algunos que después de todo es una forma que el Estado tiene de cumplir con sus fines. Sin embargo, esta línea de pensamiento es una falacia, un gran engaño. El discurso fiscalista estatal no se compadece de la realidad. No se compadece de la realidad porque el ajuste pretendido limitará los gastos familiares, a lo que sumará el conocido e inconstitucional anticipo y finalmente, se pretende que se pague un mínimo sobre los ingresos sin que interese que sean justificados con las facturas correspondientes.
Se afectará inexorablemente de ese modo la realidad diaria de cada uno de los contribuyentes, repercutiendo sobre la ecuación más importante en la conformación del capital, el ahorro, debido a que aunque se tenga que soportar la disminución y hasta pérdida en el nivel de ingresos en el año, ya se deberá ir anticipando dinero para el fisco con agravante de también tener que pagar una suma de dinero sin que importe la existencia de facturas para su deducibilidad.
Otra de las modificaciones consiste en el anticipo de este impuesto, ir pagando antes para así asegurarse de antemano el pago, una figura tributaria de carácter inconstitucional por cuanto que viola los artículos 179, 180 y 181 de nuestra ley fundamental. El anticipo es otra de las formas en que el poder de inquisición ingresa a la vida de las personas haciéndolas dependientes del pago del impuesto, siendo igualmente una abierta contravención al principio de finalidad por el cual la actividad administrativa se halla relacionada con la satisfacción de interés del ciudadano y no precisamente en aras del interés del Estado.
Por lo demás, el poder de inquisición hará que el IRP se convierta en una poderosa herramienta de control supeditado incluso a cuestiones de índole política con lo que se profundizará todavía más la inseguridad jurídica que caracteriza al país por un sistema de justicia altamente dependiente de la política partidaria con el consabido sesgo de corrupción. De igual importancia, afectará la formación del ahorro, condición básica para la inversión por cuanto que las personas ya no podrán diferir parte de sus ingresos para el futuro para ir creando una porción de capital, sino que lo deberán utilizar obligatoriamente en favor del fisco.
Los dañinos efectos del poder de inquisición del Estado no terminan ahí. Si la gente sabe que su dinero le será detraído por un mecanismo coercitivo de base policíaca que les sacará una parte de sus ingresos del mes, lo que se iniciarán más bien son incentivos para la evasión, favoreciendo la informalidad que se trata de corregir, siendo nuevamente una ínfimo porcentaje de trabajadores formales los que llevarán sobre sus espaldas el pago de este tributo. El poder de inquisición que se viene debe ser rechazado por todos los habitantes de este país sin más trámite que el de hacerle saber al Ministerio de Hacienda que ningún dinero puede ser sustraído de los contribuyentes sin su debido consentimiento y justa causa.