Paraguay: Autonomía universitaria e intervención estatal
Víctor Pavón explica que "La educación...es un servicio a la sociedad que hoy día es un bien de capital en la era del conocimiento, quizás el más preciado en los últimos tiempos, por el cual para su obtención alguien siempre paga para acceder a tan importante recurso, ya sea se lleve a cabo en una universidad estatal o privada".
Por Víctor Pavón
Como una nueva oportunidad para los que desean más Estado en la educación, se han constituido las manifestaciones en la Universidad Nacional de Asunción (UNA) en contra de la corrupción. Los que así proponen abogan a favor de la “superioridad de la atribución del Estado de intervenir, por medio del órgano competente”.
No obstante, aquí en Paraguay y en cualquier otra parte debemos estar alertas ante tal intención. Cuando de intervención académica se trata, la respuesta por lo general consiste hacer valer las potestades conferidas a un órgano externo a la universidad, en este caso el Consejo Nacional de Educación Superior (Cones). La intervención implica la suspensión automática y temporal de las autoridades de la institución afectada y culmina con las recomendaciones de los interventores.
Estas disposiciones, sin embargo, requieren de ciertas condiciones que no son las que se están dando en el caso de la UNA. Y si bien esta universidad requiere de una profunda reforma, como acertadamente sostienen los estudiantes, la misma debe llevarse a cabo en este caso a través del “demos universitario”, su propia comunidad educativa - directivos, profesores y estudiantes, quienes mejor conocen de cómo ir corrigiendo la problemática suscitada en el seno de su institución.
De acuerdo a lo establecido en la Ley 4995 acerca de las causales de intervención de las Universidades e Institutos Superiores, el presupuesto para tal efecto en la UNA consiste en que sus autoridades no puedan restablecer el normal funcionamiento de la institución.
Este no es el caso de la UNA , por cuanto que luego de los hechos de público conocimiento y que derivaron en las renuncias del Rector y de varios decanos, el procedimiento a seguir para cubrir aquellos cargos está establecido en sus propias normativas internas, sus estatutos con carácter de ley para esta institución. Por supuesto que en caso de delitos, los mismos deberán ser investigados para su posterior remisión al órgano jurisdiccional.
Pero la ley 4995 es muy clara en cuanto que condiciona la intervención académica por parte del Cones cuando la situación implica que las autoridades de la universidad no puedan seguir haciendo funcionar a la misma.
La UNA está en condiciones de seguir funcionando y quiénes mejor que los actores de esta institución —directivos, docentes y alumnos— para hacerlo e iniciar de ese modo las reformas necesarias. La intromisión del Cones lamentablemente ha sido desacertada y sienta un mal precedente. De ahora en más otras instituciones podrán judicializar futuras intervenciones con los conocidos efectos dilatorios, más todavía cuando el Cones muestra un comportamiento errático en hacer valer sus propias decisiones.
Pero el motivo más fuerte por la que la intromisión del Estado sigue convenciendo a muchos consiste en considerar a la educación como un bien público bajo el influjo de la potestad estatal. Esta creencia sin embargo no es más que un dogma, debido a que si fuera así, a la educación se la tendría que ofrecer sin tener que cobrarle a nadie por el uso del mismo y sin restricciones.
La educación más bien es un servicio a la sociedad que hoy día es un bien de capital en la era del conocimiento, quizás el más preciado en los últimos tiempos, por el cual para su obtención alguien siempre paga para acceder a tan importante recurso, ya sea se lleve a cabo en una universidad estatal o privada.