por Randy Barnett
Randy Barnett es un Académico Titular del Cato Institute, Profesor Austin B. Fletcher de Leyes de la Universidad de Boston y autor del libro Restoring the Lost Constitution: The Presumption of Liberty (Princeton, 2004).
Durante el
embrollo del proceso para destituir a Clinton, la definici ón de “delito
apto para destitución” de Alexander Hamilton del Federalista
#56 apareció en en todos los medios. Con la nominación de Harriet
Miers a la Corte Suprema, prepárense para que a otra cita de Hamilton
le ocurra lo mismo—ésta vez del Federalista #76:
“¿Con qué propósito requerir entonces la cooperación
del Senado? Respondo, que la necesidad de su conformidad tendría una
función poderosa pero, en general, silenciosa. Sería un excelente
control en un contexto de favoritismo por el Presidente, y tendría
una importante tendencia a prevenir que se nominen individuos no aptos por
prejuicio del Estado, por sus conexiones familiares, afectos personales,
o por fines de popularidad...Le daría tanto vergüenza como temor
presentar, para las posiciones más distinguidas o lucrativas, candidatos
que no tienen otro mérito que provenir del mismo Estado de que él
proviene, o de ser en alguna manera u otra aliado personalmente a él,
o de poseer la insignificancia o la vulnerabilidad para ser manipulado para
proveerle los instrumentos serviles de su placer”. (La cursiva es mia)
Harriet Miers no es solamente la confidente personal del presidente en
su capacidad de secretaria y luego de asesora legal de la Casa Blanca. Ella
también fue la abogada personal de George W. Bush. Además de
nominar a su hermano o ex-socio, es difícil ver cómo el presidente
podría haber elegido a alguien que se adecúa tanto a la definición
de Hamilton. Imaginen la reacción de los republicanos si el Presidente
Clinton hubiese nominado para la Corte Suprema a Cheryl Mills, Asesora Legal
de la Casa Blanca, quien hábilmente lo representó durante el
proceso de juicio político. ¿Y qué tal Bernie Nussbaum?
Como lo sugiere la cita de Hamilton, el propósito principal de que
el Senado confirme las nominaciones del Presidente es el de descartar a los
compadres, que el diccionario Merriam Webster define como “un
amigo cercano de mucho tiempo”. El nepotismo no es bueno, no sólo
porque resulta en jueces menos aptos, sino también porque queremos
un sistema judicial independiente del poder ejecutivo. No puede esperarse
que una amiga de mucho tiempo del presidente que ha sido su asesora personal
y política y confidente, sin importar qué tan buena abogada
sea, sea lo suficientemente independiente—especialmente durante el
período restante del término de su ex-jefe.
Al caracterizar a esta nominación como nepotismo de ninguna manera
intento desprestigiar a la Sra. Miers. Me imagino que es una abogada inteligente
y calificada. Para haber ocupado el puesto de asesora legal en la Casa Blanca
debe ser eso y mucho más. También debe ser personalmente leal
al Presidente y efectiva para lidiar con la política interna de la
burocracia, dos atributos que no cumplen con los requisitos más importantes
para la Corte Suprema.
Para estar capacitado, un juez de la Corte Suprema tiene que mostrar más
que credenciales; tiene que tener una “filosofía jurídica” bien
considerada, lo que significa una visión internalizada de la Constitución
y del rol de una justicia que la guiará a través del campo
de minas consitucional que la Corte Suprema debe navegar. Nada en los antecedentes
profesionales de Harriet Miers la han llevado a desarrollar opiniones consideradas
sobre el alcance de los poderes del congreso, la separación de poderes,
el rol del precedente judicial, y de la importancia de los estados en el
sistema federal, o de la necesidad de los jueces para proteger los derechos
enumerados y no enumerados que retienen los individuos. No es suficiente
con tener opiniones personales sobre estos asuntos complejos; un potencial
juez debe haberlos desmenuzado en toda su complejidad antes de alcanzar el
tipo de elaboración de decisiones requerido al nivel de la Corte Suprema,
especialmente frente a un desacuerdo con el congreso o el ejecutivo.
Hasta una estrella de fútbol americano con años de jugar
en la escuela secundaria y la universidad necesita años de experiencia
y golpes duros para desarrollar el conocimiento y el instinto que se necesita
para sobrevivir en las ligas mayores. La Corte Suprema es la gran liga de
la profesión legal, y Miers no ha jugado ni siquiera en el equivalente
judicial de los torneos de escuelas secundarias, ni hablar del Heisman
Trophy.
Miers estaría calificada para una banca en una corte de apelaciones,
donde podría desarrollar una comprensión de estos importantes
temas. Allí tendría que decidir qué rol deben jugar
el texto y el significado original en la interpretación constitucional
en el contexto de casos cerrados y decisiones de suma dificultad. La Corte
Suprema no es el lugar para enfrentar estos asuntos por primera vez.
Dada su carencia de experencia, ¿Alguien duda que la única
calificación de Miers para ser juez de la Corte Suprema es su cercana
conexión con el presidente? ¿La habría elegido el presidente
si ella no hubiese sido su abogada, su confidente íntima,
y su asesora? Por supuesto, Hamilton también pensó que
la existencia de la confirmación del Senado disuadiría la nominación
de amigos cercanos:
“La posibilidad de rechazo será un fuerte incentivo para ser
cuidadoso a la hora de proponer candidatos. El peligro para su propia reputación,
y, en el caso de un funcionario elegido popularmente, para su existencia
política, de traicionar un espíritu de favoritismo,
o andar en una indecorosa búsqueda de popularidad, para la observación
de un cuerpo que tiene una opinión de gran peso cuando se trata de
formar la opinión pública, no podría fallar en operar
como una barrera para el uno y para el otro”.
Mientras el Senado una vez rechazó exitosamente el intento del Presidente
Lyndon Johnson de nominar su propio “amigote” calificado, Abe
Fortas, para presidente de la Corte Suprema, tal vez el desempeño
de los senadores durante la nominación de Roberts redujo el efecto
disuasivo de “consejo y conformidad”. Los demócratas del
comité judicial perdieron la mitad del tiempo dando discursos en vez
de hacer preguntas. Las preguntas que hicieron no fueron diseñadas
cuidadosamente para discernir la filosofía jurídica del candidato,
favoreciendo las inquisiciones sobre sus sentimientos, o sobre si defendería
al “individuo pequeño”, o deplorando su rechazo a comentar
cómo decidiría en casos particulares que podrían presentarse
ante la corte.
Por su parte, los senadores republicanos estaban satisfechos con repetir
como loros la vacía frase de que un juez “debe guiarse por la
ley y no legislar desde el tribunal”. Su enfoque parecía ser
quédense callados y voten. Al negarse a demandar de un candidato una
filosofía jurídica que esté de acuerdo con el texto
de la Constitución—todo el texto, incluyendo las secciones
que limitan el poder federal y estatal—los republicanos no hicieron
nada para inducir a la Casa Blanca a presentar un candidato que estuviese
al menos comprometido con los límites al poder federal, como lo habían
sido el presidente de la corte William Rehnquist y la juez Sandra Day O´Connor.
Tiempos como los actuales requieren de jueces con una firme comprensión
del texto constitucional, su historia y sus principios. Alguien que sepa
resistir la fuerte presión del Congreso, del poder ejecutivo, de los
gobiernos estatales y municipales, y también de otros jueces, para
exceder los límites que la Constitución confiere al poder gubernamental. ¿Hay
algo en los antecedentes de Harriet Miers que sugiera que será ese
tipo de juez? No necesitamos esperar a las audiencias en el Senado para responder
esa pregunta. Lo que nos dirán las audiencias, sin embargo, es si
el Senado también sucumbirá, en las palabras de Hamilton, al “espíritu
favoritista”.
Traducido por Marina Kienast para Cato Institute.